Tipo de Norma: Ley
Número: 17076
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17076Autorizan al M, de Hacienda y Comercio Efectuar Transferencias en el Pliego de Aeronáutica
DECRETO - LEY N* 17076
EL PRESIDENTE DE LA
REPUBLICA
POR CUANTO:
El Gobierno Revolucionarlo ha dado el Decreto-Ley siguiente :
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO
CONSIDERANDO:
Que han resultado insuficientes las sumas asignadas a diversas partidas del Pliego de Aeronáutica, Sub-Pliego I —Programa I— Defensa Nacional Aérea, Asignación N9 L del Presupuesto Funcional del Gobierno Central en vigencia ;
Que en cambio otras partidas de la misma Unidad de Asignación, Programa, Sub-Pliego, Pliego y Presupuesto, disponen de saldos de libre aplicación que no van a ser utilizados;
De conformidad con lo dispuesto en el inciso 19 del artículo 529 de la Ley Orgánica del Presupuesto Funcional de la República N9 14816, e inciso 39 del artículo 69 de la Ley N9 16960, Anual del Presupuesto Funcional vigente;
De acuerdo con lo informado por la Contraloría General de lá República y la Dirección Nacional de Presupues-to; y,
En uso de las facultades de que está investido;
DECRETA:
Artículo único.-—Autorízase al Ministerio de Hacienda y Comercio para efectuar las siguientes transferencias de partidas en el Pliego de Aeronáutica, del Presupuesto Funcional del Gobierno Central, en vigencia, hasta por la suma de Veintiséis Millones Ciento Cuarentiséis Mil Trescientos Setentidós Soles Oro (S/o. 26’146,372.00);
Sub-Pliego I.
Programa I. Defensa Nacional Aérea. Asignación N: 1.
I>c la Partida:
U.l.
1X2.
kW.
1.&5.
L2X
i5.n.
1X21,
1X24.
1X8.
2.1.2.2X1.
2.410.
2417.
2.71.
2X2.
4.4,0
Haberes básicos del personal permanente .......................
Remuneraciones personal profesional, técnico administrativo y de servicio contratado...............
Jornales del personal obrero permanente ____... ;.................
Bonificación por tiempo de servicios Bonificación por especialización ... Bonificación por dedicación exclusiva ..........................
Bonificación por zona........
Compensación por vivienda......
Asignación por riesgo profesional .. Bonificación por familia para las
FF. AA.......... ............
Compensación por instalación ,. ,. •
Movilidad local...............
Servicio de alumbrado y baja policía
Utiles de escritorio..............
Otros........................
Mantenimiento de inmuebles......
Mantenimiento de mobiliario y equipo de oficina..................
Transferencia de capital al Sector
Privado ... ... ...............
TOTAL:
Srf.
5*274,412.00
9#
rooo,000.00
i#
3*000,000.00
r#
4*000,000.00
90
2’000,000.00
y*
100,000.00
99
200,000.00
09
1*000,000.00
H
2*400,000.00
90
1*500,000.00
90
300,000.00
H
15,288.00
ff
122,360.00
tf
411,912.00
90
3*654,440.00
00
443,760.00
H
304,200.00
tt
420,000.00
s/.
20*146,372.00
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.