Ley Nº 17007

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Tipo de Norma: Ley

Número: 17007


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 17007

LEY No. 17007

r*

Transferencia de partidas en el Pliego de Marina, hasta por la suma de S/.

4*000,000.00

EL PRESIDENTE DE LA

REPUBLICA

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA,

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO UNICO: — Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar la siguiente transferencia de partidas en el Pliego de Marina, del Presupuesto Funcional del Gobierno Central de 1967, hasta por la suma de Cuatro Millones de Soles (S/- 4*000,000- 00):

Sub—Pliego I — Defensa Nacional Asignación 1 De la Partida:

1.1.1—Haberes básicos del personal

permanente..............

A la Partida:

1 3 4—Racionamiento,

S/. 4*000,000.00

S/. 4*000,000.00

Totales:

S/. 4*000,000.00 S/. 4*000,000.00

Comuniqúese xal Poder Ejecutivo para su promulgación-

Casa del Congreso, en Lima, a los nueve días del mes de Mayo de mil novecientos sesentiocho-

DAVID AGUI LAR CORNEJO, Presidente del Senado.

RAUL _ MARTINEZ ZUZUNAGA, Primer Vice—Presidente de la Cámara de Diputados-

JUAN LITUMA PORTOCARRERO, Senador Secretario-

LUIS CARNERO CHECA, Diputado Secretario-

Ai señor Presidente Constitucional de la República-

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla-

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciseis días del mes

de Mayo de mil novecientos sesentio-cho-

FERNANDO BELAUNDE TERRY Francisco Morales-Bermúdez Cerrutti



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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