Ley Nº 17005

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Número: 17005


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 17005

ha dado la ley si-

Desarrollo Económico

Oficina Regional de Desarrollo del Norte

LEY No. 17005

Transferencia de partidas en el Pliego de la Presidencia de la República hasta por la suma de S/. 30,000.00

EL PRESIDENTE DE LA

REPUBLICA

POR CUANTO:

El Congreso guíente:

Sub—Pliego II Programa II —

Asignación 7

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA,

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO UNICO: — Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar la siguiente transferencia de partidas en el Pliego de la Presidencia de la República, del Presupuesto Funcional del Gobierno Central de 1967, hasta por la suma de Treinta Mil Soles Oro (S/. 30,000* 00):

y Social

De la Partida:

2.9.4—Arrendamiento de equipos ... S/. 30,000.00

A la Partida:

4.2.4—Subsidios familiares Totales:..........

ti

S/. 30,000.00 S/.

30,000.00

30,000.00

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación-

Casa del Gongreso, en Lima, a los nueve días del mes de Mayo de mil novecientos sesentiocho*

DAVID AGUI LAR CORNEJO, Presidente del Senado.

RAUL MARTINEZ ZUZUNAGA, Primer Vice—Presidente de la Cámara de Diputados-

JUAN LITUMA PORTOCARRERO, Senador Secretario-

LUIS CARNERO CHECA, Diputado Secretario-

Al señor Presidente Constitucional de la República-

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla-

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciseis días del mes de Mayo de mil novecientos sesentiocho-

FERNANDO BELAUNDE TERRY Francisco Morales-Bermúdez Cerrutti



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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