Tipo de Norma: Ley
Número: 17004
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17004LEY No. 17004
Transferencia de partidas en el Pliego del Poder Electoral hasta por la suma
de S/. 336,400.00
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Congreso ha dado la ley siguiente
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO UNICO. — Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar la siguiente transferencia de partidas en el Pliego del Poder Electoral, del Presupuesto Funcional del Gobierno Central de 1967, hasta por la suma de Trescientos Trein-tiséis Mil Cuatrocientos Soles Oro (S/. 336,400 00);
Sub-Pliego Unico. — Jurado Nacional de Elecciones Programa I — Jurado Nacional de Elecciones Asignación 1
De la Partida:
1-1-1—Haberes básicos del personal
permanente ................ S/. 336,400-00
A las Partidas:
1-2-5—Bonificación por dedicación exclusiva .................... S/ 86,400-00
4.2-4--—Subsidios familiares ........ „ 250,000-00
Totales........ S/- 336,400-00 S/- 336,400-00
Comuniqúese a! Poder Ejecutivo para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los nueve días del mes de Mayo de mil novecientos sesentiocho.
DAVID AGUILAR CORNEJO, Presidente del Senado.
RAUL MARTINEZ ZUZUNAGA, Primer Vice Presidente de la Cámara de Diputados.
JUAN LITUMA PORTOCARRERO, Senador Secretario.
LUIS CARNERO CHECA, Diputado Secretario.
Al Señor Presidente Constitucional
de la República.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciseis días del mes de mayo de mil novecientos sesentiocho.
FERNANDO RELAUNDE TERRY
Francisco Morales Bermúdez
Cerrutti
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.