Ley Nº 17004

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Número: 17004


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 17004

LEY No. 17004

Transferencia de partidas en el Pliego del Poder Electoral hasta por la suma

de S/. 336,400.00

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO UNICO. — Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar la siguiente transferencia de partidas en el Pliego del Poder Electoral, del Presupuesto Funcional del Gobierno Central de 1967, hasta por la suma de Trescientos Trein-tiséis Mil Cuatrocientos Soles Oro (S/. 336,400 00);

Sub-Pliego Unico. — Jurado Nacional de Elecciones Programa I — Jurado Nacional de Elecciones Asignación 1

De la Partida:

1-1-1—Haberes básicos del personal

permanente ................ S/. 336,400-00

A las Partidas:

1-2-5—Bonificación por dedicación exclusiva .................... S/ 86,400-00

4.2-4--—Subsidios familiares ........ „ 250,000-00

Totales........ S/- 336,400-00 S/- 336,400-00

Comuniqúese a! Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los nueve días del mes de Mayo de mil novecientos sesentiocho.

DAVID AGUILAR CORNEJO, Presidente del Senado.

RAUL MARTINEZ ZUZUNAGA, Primer Vice Presidente de la Cámara de Diputados.

JUAN LITUMA PORTOCARRERO, Senador Secretario.

LUIS CARNERO CHECA, Diputado Secretario.

Al Señor Presidente Constitucional

de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciseis días del mes de mayo de mil novecientos sesentiocho.

FERNANDO RELAUNDE TERRY

Francisco Morales Bermúdez

Cerrutti



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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