Ley Nº 16959

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 16959

LEY N 16959

Transferencia de partidas en el Pliego de Hacienda y Comercio, hasta por la

suma de S/. 92,000.00

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:

El Congreso ha dado la Ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.

Ha dado la Ley siguiente:

ARTICULO UNICO.— Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar la siguiente transferencia de partidas en el Pliego de Hacienda y Comercio del Presupuesto Funcional del Gobierno Central de 1967, hasta por la suma de Noventi-dos Mil Soles Oro S/. 92,000.00):

Sub-PIiego I — Dirección y Administra Programa IV — Administración del Ramo Asignación 4 De la Partida:

2.7.4 a) Conservación y reparación de

ascensores ........ ........ S/.

A ías Partidas:

4.1.3 Seguro Social Obrero.......

4.2.5 Sepelio y luto .............

♦ . - -

Totales .................... §/.

92,000.00

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los cinco días del mes de Marzo de mil novecientos sesentiocho.

DAVID AGU1LAR CORNEJO, Presidente del Senado.

ARMANDO VILLANUEVA DEL CAMPO, Presidente de la Cámara de Diputados.

JUAN LITUMA PORTOCARRERO, Senador Secretario.

92,000.00

S/, 43,000.00 „ 49 000.00

S/. 92,000.00

LUIS CARNERO CHECA, Diputado Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiún días del mes de Marzo de mi! novecientos sesentiocho.

FERNANDO BELAUNDE TERRY

Francisco Morales Bermúdez Cerrutti.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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