Ley Nº 16958

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 16958

LEY N° 16958

Tranferencia de partidas en el Pliego de Hacienda y Comercio, hasta por la suma

de S/. 7,505.92

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:

El Congreso ha dado la Ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA,

Ha dado la Ley siguiente;

ARTICULO UNICO. — Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar la siguiente transferencia de partidas en el Pliego de Hacienda y Comercio, del Presupuesto Funcional del Gobierno Central de 1967, hasta por la suma de Siete Mil Quinientos Cinco Soles Oro y Noventi-dos Centavos (S/. 7,505.92):

Sub-Pliego I — Dirección y Administración General Programa I — Dirección Superior

Asignación

De la Partida N 1.1.1. “Haberes básicos del personal permanente"........

A la Partida N 1.2.4, “Bonificación por especialización" ....................

A la Partida N9 1.2.5, “Bonificación por dedicación exclusiva" ............

Totales.......................

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

S/. 7,505.92

S/. 4,705.92 „ 2 800.00

S/. 7,505.92 S/- 7,505.92

ALEJANDRO ALBERDI CARRION, Diputado Secretario.

Casa del Congreso, en Lima, a los trece días del mes de Marzo de Mil novecientos sesenticcho.

DAVID AGUI LAR CORNEJO, Presidente del Senado.

ARMANDO V1LLANUEVA DEL CAMPO, Presidente de la Cámara de Diputados.

JUAN LITUMA PORTOCARRERO, Senador Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla:

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiún días del mes de Mar zo de mil novecientos sesentíocho.

FERNANDO BELAUNDE TERRY Francisco Morales Bermúdez Cerrutti



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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