Ley Nº 16899

Visualice o descargue la versión PDF de la ley número 16899

Tipo de Norma: Ley

Número: 16899


Visualización de la norma: Ley 16899



Descargar Ley 16899 en PDF -

documento PDF

 16899

LEY N° 16899

Transferencias de Partidas en los Pliegos que se indican, hasta por la suma

de S/. 12’000,000.00.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO UNICO.— Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar las siguientes transferencias de partidas entre los Pliegos que a continuación se indica, del Presupuesto Funcional del Gobierno Central de 1967, hasta- por la suma de Doce Millones de Soles Oro (S/. 12*0000,000.00):

DEL PLIEGO DE HACIENDA Y COMERCIO

Sub-Pliego I — Dirección y Administración General Programa Vil — Crédito Público Asignación 7 Partida:

5.1.1. — Amortización Deuda Interna:

— Bonos Defensa Soberanía Nacional Ira. Serie, Ley

N 15591 ..........................S/. 4’000,000.00

— Bonos Defensa Soberanía Nacional 2da. Serie, Ley

N 15591 ..........................S/. 6’000,000.00

— Préstamo del Banco de la Nación. Ley N 16165 . S/. 2'000,000.00

TOTAL S/. 12’000,000.00

Al Pliego de Educación Pública Sub-Pliego I — Administración Nacional

Asignación 3

Partida:

4.1.1. — Transferencias corrientes al Sub-Sector Público Independiente:

— Para ser distribuidos, proporcionalmente, entre

las Universidades Nacionales de la República .. S/. 12*000,000.00



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


Este sitio usa imágenes de Depositphotos