Tipo de Norma: Ley
Número: 16724
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16724LEY No. 16724
Dando la categoría de Colegio Nacional de Mujeres, al Colegio Nacional Mixto “Tito Cusí Yupanqui” de la Provincia de
San Ignacio
ARMANDO VILLANUEVA DEL CAMPO
Presidente del Congreso
POR CUANTO:
El Congreso ha dado la Ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.
Ha dado la Ley siguiente:
ARTICULO 1— El Colegio Nacional Mixto “Tito Cusí Yupanqui”, de la provincia de San Ignacio, creado por Ley N° 15560. funcionará como colegio Nacional de Mujeres.
ARTICULO 2— Consígnense en el Presupuesto Funcional de la República las partidas necesarias para la construcción del local destinado al Colegio Nacional de Mujeres “Tito Cusí Yupanqui”.
ARTICULO 3— Nacionalízese el Colegio Municipal Mixto “Francisco Boiog-nesi”, que funcionará como Colegio Nacional de Varones de ciclo completo y tendrá como local el que ha desocupado la Escuela Normal Urbana de Varones, y al que se adjudica la Granja Modelo con sus instalaciones, la Escuela Radiofónica con sus respectivos equipos y asimismo el mobiliario y los enseres.
ARTICULO 49— El Ministerio de Educación Pública queda encargado del cumplimiento de esta ley.
ARTICULO 59— Deróguense todas las disposiciones que se opongan a la presente ley.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los cinco días del mes de Junio de mil novecientos sesentisiete.
Luis Alberto Sánchez, Presidente del Senado.
Antonio E. Monsalve Morante, Presidente de la Cámara de Diputados.
Teodoro Balarezo Lizarzahi^j.^, i\ñoa-dor Secretario.
Oscar Eduardo Caibajal Soto, Diputado Secretario.
Al señor Presidente Constitucional de la República.
POR TANTO:
No habiendo sido promulgada oportunamente por el Poder Ejecutivo, en observancia de lo dispueto en el artículo 129° de la Constitución, mando se publique y se comunicue al Ministerio de Educación Pública, para su cumplimiento.
Casa del Congreso, en Lima, a los tres días del mes de [Noviembre de mil novecientos sesentisiete
ARMANDO VILLANUEVA DEL CAMPO, Presidente del Congreso.
LEONIDAS CRUZALO OUIROZ, Senador Secretario del Ccngreso.
ALEJANDRO ALBERDI CARR1CN, Diputado Secretario del Congreso.
Lima, 15 de Noviembre de 1967.
Cúmplase, comuniqúese, regístrese, publíquese y archívese.
Octavio Mongrut Muñoz
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.