Tipo de Norma: Ley
Número: 16577
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16577LEY No. 16577
Transfiriendo la suma de 1*700;000.00 soles, proveniente de la Partida consignada en el Pliego de Educación Pública a la Partida 4.1.0. del mismo
Pliego.
EL PRESIDENTE DE LA
REPUBLICA
POR CUANTO:
El Congreso ha dado la Ley si guíente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.
Ha dado la Ley siguiente:
ARTICULO UNICO. — Transfiérase la suma de S/ • 1700,000 00, proveniente de la Partida consignada en el Pliego de Educación Pública, del Presupuesto del Gobierno Central para 1967, por S/ • 10*000,000.00; Sub-Pliego I— Administración Nació* nal. — Programa III. — Administración General. — Asignación No. 3. —_ Partida 2-6*0. “Adquisición de Inmuebles”. — 2-6-1 “Compra de Terrenos”,
a la Partida 4-1*0.— Transferencias
Corrientes a otras entidades del Sector Público; del mismo Pliego, Sub-^-Pliego y Programa:
—Para atender al sostenimiento del Coro del Estado S/. 1*500,000.00.—
—Para la Biblioteca Municipal del Distrito de Jesús María S/- 200, 000.00-
Casa del Congreso, en Lima, a los. treinta días del mes de Mayo de mil novecientos sesentisiete •
LUIS ALBERTO SANCHEZ, Pr«i dente del Senado-
ANTONIO MONSALVE MORANTE, Presidente de la Cámara de Diputados *
TEODORO BALAREZO LIZARZA BURU, Senador
*
OSCAR EDUARDO CARBAJAL SOTO, Diputado Secretario del Congreso-
Al señor Presidente Constitucional de la República-
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobier no, en Lima, a los séis días del mes de Junio de mil novecientos sesentisiete-
FERNANDO BELAUNDE TERRY
Sandro Mariátegui.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación-
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.