Tipo de Norma: Ley
Número: 16396
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16396LEY N9 16396
Declarando de necesidad y utilidad públicas la expropiación de la totalidad del área de terreno conocido como “El Panteón Viejo" de propiedad de la Beneficencia Pública de
Huaraz
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO
El Congreso ha dado la ley si guíente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO l9 — Declárase de necesidad y utilidad públicas la expropiación de la totalidad del área de terreno conocido como “El Panteón Viejo", ubicado en el jirón Nueve de Diciembre de la ciudad de Huarás, de propiedad de la Sociedad de Beneficencia Pública de Huarás.
ARTICULO 29—El terreno expropiado se destinará a campos deportivos al servicio de la juventud de Huarás.
ARTICULO 39—La Asociación “Pro-Ornato Belén” efectuará la expropiación a que se refiere el artículo de esta ley, y se encargará de la administración del bien en referencia.
ARTICULO 49 — Asígnese la suma de dos millones de soles oro (SA 2[000,000 00) en el Presupuesto Funcional de la República, destinada al pago e inicio de los trabajos de construcción de los campos deportivos a que se contrae la presente ley.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los treinta días del mes de Noviembre de mil novecientos sesentaiseis.
LUIS ALBERTO SANCHEZ, Presidente del Senado.
ANTONIO MONSALVE MORANTE, Presidente de la Cámara de Diputados.
TEODORO BALAREZO LIZARZAr BURU, Senador Secretario.
OSCAR EDUARDO CARBAJAL SOTO, Diputado Secretario.
Al Señor Presidente Constitucional de la República.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece días del mes de Enero de mil novecientos sesentisiete.
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FERNANDO BELAUNDE TERRY.
Sandro Mariátegui
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.