Ley Nº 1637

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Tipo de Norma: Ley

Número: 1637


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 01637

Res. Leg. N 1637

Licencia á doña Dolores Cavero vda. de Grau

Lima. 12 de noviembre de 1912.

Exorno. Señor:

El Congreso, ha resuelto prorrogar por dos años la licencia que solicita la pensionista del Estado doñdf Dolores Cavero viuda de Grau, para residir en el extranjero.

Lo comunicamos á Y. E., para su conocimiento y demás fines.—Dios guarde

á Y. E.—Rafael Yillanueva, Presidente del Senado—J. de D. Salazar 0., Presidente de la Cámara de Diputados.— Edmundo Montesinos, Secretario del Senado.—^Julio Abel Raygada, Diputado Secretario.

o. Sr. Presidente de la República.

Al Excí

II

Lima, 21 de noviembre de 1912.

Cúmplase, regístrese, comuníquesey pu-blíquese.—Rúbrica de S. E.—Y arela.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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