Ley Nº 16349

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 16349

LEY N9 16349

Autorizando al Poder Ejecutivo, para

efectuar transferencias de partidas en el Pliego de la Presidencia de la República hasta por S/. 62,690.00.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

TEODORO BALAREZO LIZARZA-BURU, Senador Secretario.

OSCAR EDUARDO CARBAJAL Sa TO, Diputado Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.

Ha dado la ley siguiente.

ARTICULO UNICO.— Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar la siguiente transferencia de partidas en el Pliego de la Presidencia de la República, del Presupuesto Funcional del Gobierno Central en vigencia, hasta por la suma de Sesentidos Mil Seiscientos Noventa Soles Oro (S/. 62,690.00).

Dado en la Casa de Gobierno, en [tíma. a los trece días del mes de Diciembre de mil novecientos sesenti-seis.

FERNANDO BELAUNDE TERRY

Sandro Mariátegui.

Sub-Pliego Unico — Administración GeneralPrograma IV — Evaluación de Recursos Naturales

S/.

*

62,690.00

Asignación N9 7 —

De la Partida S/.

N9 1.2.3. 35,755.00

De la Partida N9 1.2.5 26,935.00

A la Partida N9 1.2.2

Totales 62,690.00 62,690.00

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los cinco días del mes de Diciembre de mil novecientos sesentiséis.

LUIS ALBERTO SANCHEZ, Presidente del Senado.

ANTONIO MONSALVE MORANTE, Presidente de la Cámara de Diputados.

(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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