Tipo de Norma: Ley
Número: 16232
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16232LEY N 16232
Denominando " Colegio Nacional Secundario San Vicente de Paúl” al plantel de mujeres que funciona en
la ciudad de Moliendo.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO 1° — Denomínese "Colegio Nacional Secundario San Vicente de Paúl” al plantel de mujeres que funciona en la ciudad de Moliendo, capital de la provincia de Is-lay del departamento de Arequipa, como consecuencia de la separación de la sección femenina del Colegio Nacional "Deán Valdivia” de la misma ciudad.
ARTICULO 2° — Encárgase a la
Congregación Hijas de la Caridad de San Vicente de Paúl la administración y regencia del referido plantel de mujeres.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima a los doce días del mes de Setiembre de mil novecientos sesenta y seis.
LUIS ALBERTO SANCHEZ, Presidente del Senado.
ANTONIO MONSALVE MORANTE, Presidente de la Cámara de Diputados.
TEODORO BALAREZO LIZAR-ZABURU, Senador Secretario.
OSCAR EDUARDO CARBAJAL SOTO, Diputado Secretario.
Al señor Presidente Constitucional de la República.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciseis días del mes de Setiembre de mil novecientos sesen-tiseis.
FERNANDO BELAUNDE TERRY Carlos Cueto Fernandini
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.