Ley Nº 16219

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 16219

LEY N 16219

Reabriendo por cinco días el plazo para la presentación, ante los Jurados Electorales, de las solicitudes de Inscripción para las Hstas de candidatos a alcaldes y concejales.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente :

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO UNICO.— Reábrase, por cinco días calendarios, contados a partir del día siguiente de la promulgación de la presente Ley, el plazo para la presentación de solicitudes de inscripción de las listas de candidatos a alcaldes y concejales ante los correspondientes Jurados Electorales, sin modificar la fecha señalada para las elecciones municipales que se mantiene improrrogable.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los veinticinco días del mes de Agosto de mil novecientos sesentiseis.

LUIS ALBERTO SANCHEZ, Presidente del Senado.

ANTONIO MONSALVE MORANTE, Presidente de la Cámara de Diputados.

TEODORO BALAREZQ LIZARZA-BURU, Senador Secretario*

OSCAR EDUARDO CARBAJAL SOTO, Diputado Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de Agosto de mil novecientos sesenta y seis.

FERNANDO BELAUNDE TERRY

Javier Alva Orlandini.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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