Tipo de Norma: Ley
Número: 16171
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16171LEY N 16171.
Transfiriendo partida por la suma de S/. 350,000.00 al Ministerio de Fomento y Obras Públicas, para que la COSAL realice obras de agua y desagüe en Santoyo.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.
POR CUANTO:
El Congreso ha dado la ley siguiente :
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO UNICO:— Autorízase al Poder Ejecutivo para transferir en favor del Ministerio de Fomento y Obras Públicas Sub-pliego VII: Industrias y Electricidad, Subprograma III Obras Eléctricas: para la Urbanización Popular Santoyo, distrito El Agustino, provincia y Departamento de Lima, la suma de trescientos cincuenta mil soles (S/. 350,000.00) procedente de Iniciativas
*
Parlamentarias Subpliego II Asignación 67, Pliego Ministerio de Fomento y Obras Públicas del Presupuesto de 1964, depositada a la orden de la Corporación de Saneamiento de Lima (COSAL) para o-bras de agua y desagüe en Santoyo, así como el saldo de la suma que se entregó a la Junta de Obras Públicas de Lima, con la misma finalidad.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los dieciseis días del mes de Junio de mil novecientos sesentiseis.
DAVID AGUILAR CORNEJO, Presidente del Senado.
ENRIQUE RIVERO VELEZ, Presidente de la Cámara de Diputados.
MANUEL F. BURGA PUELLES, Senador Secretario.
NICEFORO ESPINOZA LLANOS, Diputado Secretario.
Al señor Presidente Constitucional de la República.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete días del mes de Junio de mil novecientos sesentiseis.
FERNANDO BELAUNDE TERRY.
Sandro Mariátegui Chiappe.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.