Tipo de Norma: Ley
Número: 16167
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16167LEY N- 16167
Creando en la ciudad de Huaraz, una Escuela Regional de Bellas Artes con una Sección de Educación Normal, que se denominará “Teófilo Castillo”.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.
POR CUANTO:
El Congreso ha dado la ley si-siguiente :
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO 1°— Créase, en la ciudad de Huaraz, capital del Departamento de Ancash, una Escuela Regional de Bellas Artes con una Sección de Educación Normal, que se denominará "Teófilo Castillo” como homenaje al pintor ancashi-no de este nombre.
ARTICULO 2— La Escuela de Bellas Artes, que se crea por la presente ley, constará de Secciones Especiales para la enseñanza de Dibujo, Pintura, Modelado, Escultura y Artes Aplicadas.
ARTICULO 3— Consígnese en el Presupuesto Funcional del Gobierno Central las partidas necesarias para la instalación y funcionamiento de la Escuela Regional de Bellas Artes que se crea conforme el artículo 1.
ARTICULO 4— El Poder Ejecutivo, por intermedio del Ministerio
de Educación Pública, queda encargado del cumplimiento de la presente ley.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los diez días del mes de Junio de mil novecientos sesentiseis.
DAVID AGUILAR CORNEJO, Presidente del Senado.
ENRIQUE RIVERO VELEZ, Pre-
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sidente de la Cámara de Diputados.
MANUEL F. BURGA PUELLES, Senador Secretario.
NICEFORO ESPINOZA LLANOS, Diputado Secretario.
Al señor Presidente Constitucional de la República.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete días del mes de Junio de mil novecientos sesentiseis.
FERNANDO BELAUNDE TERRY.
Carlos Cueto Femandini.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.