Ley Nº 16134

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 16134

LEY N 16134.

Autorizando la pavimentación de las calles y paseos públicos de la ciudad

de Tarata.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO 1— Declárase de necesidad y utilidad públicas, la pavimentación y el asfaltado de las calles y paseos públicos de la ciudad de Tarata, capital de la provincia del mismo nombre, en el departamento de Tacna.

ARTICULO 2— Consígnese en el Presupuesto Funcional del Gobierno Central, las partidas necesarias para la ejecución de la obra mencionada en el artículo anterior.

ARTICULO 3— El Ministerio de Fomento y Obras Públicas queda encargado del cumplimiento de la presente ley.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los doce días del mes de Mayo de mil novecientos sesentiseis.

DAVID AGUILAR CORNEJO, Presidente del Senado.

ENRIQUE RIVERO VELEZ, Presidente de la Cámara de Diputados.

MANUEL F. BURGA PUELLES, Senador Secretario.

CARLOS B. CEDANO VILLALTA, Diputado Secretario.

Al Señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece días del mes de Ma-vo de mil novecientos sesentiseis.

FERNANDO BELAUNDE TERRY.

Sixto L. Gutiérrez Chamorro.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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