Ley Nº 16088

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Número: 16088


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 16088

LEY N- 16088

Transferencia de partidas en el Pliego de Hacienda y Comercio hasta por la suma de S/. 115,000.00

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

Sub-Pliego VI, Asignación N 23. Iniciativas Parlamentarias Departamento de Junín .

De la Partida:

Para la elaboración del anteproyecto arquitectónico, saneamiento y todo lo concerniente a la construcción de un “Gran Centro Vaca-cional Comunal Obrero", para el Departamento de Junín, en favor de todas las Comunidades del Centro ...... ...............

A la Partida:

Al Pliego de Justicia y Culto, para el VII Congreso Eucarís-tico de Huancayo..........

De la Partida:

Para el Centro Artesanal de San Pedro de Cajas, provincia de Tarma....... ...........

A la Partida:

Al Pliego de Fomento y O-bras Públicas, para la compra de cemento a favor de los Municipios de Tarma...............

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la Ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO UNICO.— Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar las siguientes transferencias de partidas por la cantidad de Ciento Quince Mil Soles Oro (S/. 115,000. 00), en el Pliego de Hacienda y Comercio del Presupuesto Funcional del Gobierno Central para 1965:

S/o. 100,000.00 /

S/o. 100,000.00

15,000.00

15,000.00

TOTALES

S/o. 115,000.00 S/o. 115,000.00



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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