Tipo de Norma: Ley
Número: 16057
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16057LEY N 16057
Exonerando del pago de impuestos, las escrituras de compra-venta destinados a la construcción del Aeropuerto de Huaraz.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.
POR CUANTO:
El Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO UNICO.— Exonérase del pago de los derechos de Alcabala de Enajenaciones y Plus-valía, así como de cualquier otro impuesto o gravamen, a las escrituras de compra-venta de terrenos en las pampas de Anta, destinados a la construcción del campo de aterrizaje, instalaciones y dependencias del Aeropuerto de Huaraz.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los nueve días del mes de Febrero do mil novecientos sesentiseis.
DAVID AGUILAR CORNEJO, Presidente del Senado.
ENRIQUE RIVERO VELEZ, Presidente de la Cámara de Diputados.
MANUEL F. BURGA PUELLES, Senador Secretario.
NICEFORO ESPINOZA LLANOS, Diputado Secretario.
Al señor Presidente Constitucional de la República.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de Febrero de mil novecientos sesentiseis.
FERNANDO BELAUNDE TERRY
Sixto L. Gutiérrez Chamorro.
Encargado de la Cartera de Hacienda y Comercio.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.