Ley Nº 15989

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 15989

LEY N 15989

Autorizando la expropiación del fundo “Brillante” en el Distrito de Aran-cay, Prov. Huamalíes. a favor de los pobladores del citado distrito.

ENRIQUE RIVERO VELEZ, Presidente del Congreso.

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO 1°—Declárase de necesidad y utilidad públicas, la expropiación del fundo “Brillante”, ubicado en el distrito de Arancay, provincia de Huamalíes, departamento de Huánuco, a favor de los pobladores del citado distrito, con preferencia de quienes ya se encuentren dedicados o vinculados a la actividad agropecuaria.

ARTICULO 2°—Los límites del fundo "Brillante” que será expro-



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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