Ley Nº 15851

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Número: 15851


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 15851

TOTALES

LEY N 15851.

Transferencias de partidas en el Pliego de Justicia y Culto hasta por la suma de S/. 155,738.00.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

Déla Partida N 1.1.1, Programa

VI, Asignación N 9.........

De la Partida N 1.1.6, Programa VI,Asignación N° 9..........

A la Partida N 1.3.9, Programa

VI, Asignación N 9 .........

De la Partida N 3.2.0. Para la construcción de la Carceleta del Palacio de Justicia—Programa

VII, Sub-Programa 3, Asignación N 12...............

A la Partida N 1.3.7, Programa III, Asignación N 3, Analítico, 1

De la Partida N 1.2.3, Programa VIII Asignación 13, Analítico 1. De la Partida N° 2.7.2, Programa

VIII, Asignación 13, Analítico 1 De la Partida N 1.1.1, Programa

VIII, Asignación 13, Analítico 2.

A la Partida N 4.2.7, Programa VIII,Asignación 13, Analítico 2. De la Partida N 1.2.2,Programa

XI, Asignación 17,..........

A la Partida N° 1.2.2, Programa VII, Sub-Programa 1, Asigana-. ción....................

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO UNICO. — Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar las siguientes transferencias de partidas en el Pliego de Justicia y Culto, del Presupuesto Funcional del Gobierno Central, en vigencia, hasta por la suma de Ciento Cincuenta y Cinco Mil Setecientos Treinta y Ocho Soles oro (S/. 155,738.00):

S/. 62,508.00

17,000.00

S/. 79,508.00

36,000.00

„ 36,000.00

12,000.00

8,000.00

17,830.00

„ 37,830.00

2,400.00

„ 2,400.00

S/. 155,738.00 S/, 155,738.00



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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