Ley Nº 15808

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 15808

LEY N 15808

Nombrando una comisión encargada de la redacción de los anteproyectos de la Ley Orgánica de Salud pública y de un Código Sanitario

del Perú.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley si* guien te :

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO 1—Autorízase al Poder Ejecutivo para que, en el plazo que señale, nombre una Comisión encargada de la redacción de los anteproyectos de la Ley Orgá-nica de Salud Pública y de un Código Sanitario del Perú,, con personal capacitado y especializado en la materia-

ARTICULO 2—Terminada la redacción de los mencionados anteproyectos, el Poder Ejecutivo los remitirá al Parlanlento para su correspondiente discusión y apro bación.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación#

Casa del Congreso, én Lima, a los trece días del mes de Diciembre de mil novecientos sesenta y cinco.

DAVID AGUILAR CORNEJO. Presidente del Senado.

ENRIQUE RXVERQ VELEZ !s«i sidente de la Cámara de Diputados.

MANUEL BURGA PUELLES, Senador Secretario.

NICEFORO ESPINOZA LLANOS, Diputado Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete días del mes de Diciembre de mil novecientos sesenticinco.

FERNANDO BELAUNDE TERE»

Daniel Becerra de la Elcur.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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