Ley Nº 15799

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 15799

LEY N 15799

Destinando la partida de S/. 250,000.00 para construir el puente sobre el río Llaucano de la Provincia de Chota.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO UNICO.—Destínase la Partida de S/. 250,000.00 para construir un puente sobre el río Llaucano que conecte los distritos de Paccha y Chadín, de la provincia de Chota, del Presupuesto Funcional de la República para 1965. Pliego de Fomento y Obras Públicas, Sub-Pliego IV, Dirección de Caminos, Programa III Construcciones, Sub-Programa 2 Construcción de Puentes, Asignación N 10, para la construcción de la carretera que unirá la ciudad de Chota con el distrito de Paccha, y sus respectivos puentes.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los trece días del mes de Diciembre de mil novecientos sesenticinco.

DAVID AGUI LAR CORNEJO, Presidente del Senado.

ENRIQUE RIVERO VELEZ, Presidente de la Cámara de Diputados.

MANUEL BURGA PUELLAS, Senador Secretario.

NICEFORO ESPINOZA LLANOS, Diputado Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete días del mes de Diciembre de mil novecientos sesenticinco.

FERNANDO BELAUNDE TERRY

Sixto L. Gutiérrez Chamorro.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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