Ley Nº 15798

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 15798

LEY N 15798

Transferencia de partidas por S/« 102,149.68, al Pliego de Hacienda y Comercio y al Pliego de Justicia y

Culto.

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.

Ha dado la ley siguiente:

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

ARTICULO UNICO.—Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar

las siguientes Transferencias de Partidas:

Pliego de Hacienda y Comercio.

Sub-Pliego VI.—Asignación N 23 Iniciativas Parlamentarias.— Volumen I.—Departamento de Lam-bayeque.— Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social.

De la Partida "Para la Edificación de la Posta Médica de San

Carlos"................ S/. 50,000.00

De la Partida "Para la Edificación de la Posta Médica de

Olmos" ............. „ 52,149.68

TOTAL............ S/. 102,149.68

Al Ministerio de Justicia y Culto para Obras de refacción de la

iglesia Matriz de San Carlos . . S/. 50,000.00

Al Ministerio de Hacienda y Comercio para la construcción de un puesto de Vigilancia Aduanera

en Olmos.............. „ 52,149.68

TOTAL............ S/. 102,149.68



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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