Ley Nº 15797

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 15797

LEY N 15797

TransHriendo una partida de S/. 55,733.64, consolidada en el Pliego de Fomento y O. P. al Pliego de Educación Pública, para la refacción del Instituto Agropecuario de la Ciudad de Pampas, Provincia

Tay acaja.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente :

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO UNICO.—T ransf iéra-se la Partida de S/. 55,733.64 que figura en la asignación N° 23, Sub-Pliego de Iniciativas Parlamentarias, del Pliego de Hacienda y Comercio, asignación del departamento de Huancavelica, “para la instalación de agua potable en el distrito de Córdova”, provincia de Cas tro virrey na, de acuerdo con la Ley Orgánica de Presupuesto que ha sido desconsolidada en el Pliego de Fomento y Obras Públicas, al Pliego de Educación Pública “para la refacción del Instituto Agropecuario de la ciudad de Pampas, provincia de Tay acaja”.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los catorce días del mes de Diciembre de mil novecientos sesenticinco.

DAVID AGUI LAR CORNEJO, Presidente del Senado.

ENRIQUE RIVERO VELEZ, Presidente de la Cámara de Diputados.

MANUEL BURGA PUELLES, Senador Secretario.

NICEFORO ESPINOZA LLANOS, Diputado Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete días del mes de Diciembre de mil novecientos sesenticinco.

FERNANDO BELAUNDE TERRY

Sandro Mariátegui Chiappe.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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