Ley Nº 15714

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 15714

LEY N 15714

Convirtiendo en Colegio Nacional de Educación Secundaria “Manuel Gon-zales Prada”, el Colegio Municipal Mixto del Distrito de Pimpincos.

ENRIQUE RIVERO VELEZ, Presidente del Congreso.

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente :

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO 1 — El Colegio Municipal Mixto que funciona en el Distrito de Pimpincos, integrante de la Provincia de Cutervo, en el Departamento de Caj amarca, se convierte en el Colegio Nacional de Educación Secundaria “Manuel Gonzáles Pradal

ARTICULO 2 — El plantel continuará impartiendo Educación Secundaria Común y funcionará con el carácter de mixto.

ARTICULO 3 — El Ministerio de Educación Pública dará prioridad en su Plan Nacional de Construcciones

Escolares, la dotación de un local adecuado al Colegio Nacional de Educación Secundaria “Manuel Gonzáles Prada".

ARTICULO 4- — Autorízase al Ministerio de Educación Pública para efectuar las transferencias que fueran necesarias en el Presupuesto Funcional del Gobierno Central para el funcionamiento del plantel, así como para el cumplimiento del artículo anterior.

ARTICULO 5 — El Ministerio de Educación Pública queda encargado del cumplimiento de la presente ley.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los once días del mes de Mayo de mil novecientos sesenticinco.

RAMIRO PRIALE, Presidente del Senado.

VICTOR FREUNDT ROSELL, Presidente de la Cámara de Diputados.

TEODORO BALAREZO LIZARZA-

BURU, Senador Secretario.

WASHINGTON ZUÑIGA TRE-LLES, Diputado Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

No habiendo sido promulgada oportunamente por el Poder Ejecutivo, en observancia de lo dispuesto en el artículo 129 de la Constitución, mando se publique y se comunique al Ministerio de Educación Pública, para su cumplimiento.

Casa del Congreso, en Lima, a los veintiocho días del mes de Octubre de mil novecientos sesenticinco.

ENRIQUE RIVERO VELEZ, Presidente del Congreso.

CARLOS E. MELGAR LOPEZ, Senador Secretario del Congreso.

CARLOS B. CEDANO VILLALTA, Diputado Secretario del Congreso.

Lima, 10 de Noviembre de 1965.

Cúmplase, comuniqúese, regístrese, publíquese y archívese.

José Navarro Grau.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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