Ley Nº 15707

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 15707

LEY N 15707

Estableciendo una Escuela Munich pal Superior de Educación Normal, denominada Indoamericana, en la

ciudad de Trujillo.

ENRIQUE RIVERO VELEZ, Pre sidente del Congreso.

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPU BLICA PERUANA.

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO 1 — Establézcase una Escuela Municipal Superior de Educación Normal, que se denominará Indoamericana, en la ciudad de Tru

jillo, capital del Departamento de La Libertad, para la formación de docentes de los niveles Primario, Secundario y Técnico, en Secciones Diurnas y Nocturnas.

ARTICULO 2 — El régimen de estudios y grados profesionales de la Escuela Normal que se crea se regirá por las disposiciones vigentes.

ARTICULO 3 — El referido centro de formación magisterial, en el aspecto académico, dependerá del Ministerio de Educación Pública y se regirá por lo establecido en la Ley Orgánica de Educación Pública.

Las funciones administrativas y económicas estarán a cargo de la Dirección y del Consejo Directivo^ que darán cuenta al citado Ministerio de su gestión.

ARTICULO 5 — Constituyen rentas de la mencionada Escuela: a) las partidas que el Concejo Provincial de Trujillo consigne anualmente en su Presupuesto; b) el abono de los alumnos por concepto de pensiones; y c) las donaciones que los particulares le otorguen.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS.

Primera.— Mientras se constituye el Consejo Directivo y demás organismos del plantel, las actuales autoridades de la Escuela quedan facultadas para, en el término de noventa días contados a partir de la promulgación de esta ley, elaborar el Estatuto y Reglamento Interno correspondiente, de conformidad con las

disposiciones en vigor así como para elegir los miembros integrantes del concejo y demas organismos.

Segunda .— El personal que actualmente presta servicios en la indicada Escuela y que reúna los requisitos exigidos por la ley, conservará sus derechos adquiridos.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los nueve días del mes de Setiembre de mil novecientos sesenticinco.

DAVID AGUILAR CORNEJO, Presidente del Senado.

ENRIQUE RIVERO VELEZ, Presidente de la Cámara de Diputados.

MANUEL BURGA PUELLES, Senador Secretario.

NICEFORO ESPINOZA LLANOS, Diputado Secretario.

ARTICULO 4 — Será miembro nato de la Escuela Municipal Superior de Educación Normal que se crea, el Alcalde del Concejo Provincial de Trujillo.

Al señor Presidente Constitucional de la República.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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