Ley Nº 15700

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 15700

LEY N 15700

Dando fuerza y efecto de Ley, al Decreto Supremo de 16 de Enero de 1957. (Liberación del pago de derechos de importación de las máquinas y equipos científicos).

ENRIQUE RIVERO VELEZ, Presidente del Congreso.

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente :

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO UNICO. — Dáse fuerza y efecto de ley al Decreto Supremo de 16 de Enero de 1957, expedido por el Ministerio de Hacienda y Comercio, que libera del pago de derechos de importación y adicionales a que se refieren las Leyes Nos. 11048, 11495 y 11537, las máquinas y equipos científicos, sus repuestos y accesorios y material médico-quirúrgico, con la excepción del porcentaje de 6.667% ad-valorem CIF, correspondiente a los derechos consulares involucrados en la Ley N 11424.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los dieciseis días del mes de Junio de mil novecientos sesenticinco.

RAMIRO PRIALE, Presidente del Senado.

VICTOR FREUNDT ROSELL, Presidente de la Cámara de Diputados.

LEONIDAS CRUZADO QUIROZ, Senador Secretario.

WASHINGTON ZUÑIGA TRE-LLES, Diputado Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

No habiendo sido promulgada oportunamente por el Poder Ejecutivo, en observancia de lo dispuesto en el artículo 129 de la Constitución mando se publique y se comunique al Ministerio de Hacienda y Comercio, para su cumplimiento.

Casa del Congreso, en Lima, a los veintiocho días del mes de octubre de mil novecientos sesenticinco.

ENRIQUE RIVERO VELEZ, Presidente del Congreso.

CARLOS E. MELGAR LOPEZ, Senador Secretario del Congreso.

CARLOS B. CEDANO VILLALTA, Diputado Secretario del Congreso.

Lima, 9 de Noviembre de 1965.

Cúmplase, comuniqúese, regístrese, publíquese y archívese.

Sandro Mariátegui Chiappe.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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