Tipo de Norma: Ley
Número: 15694
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15694LEY N 15694
Transferencias de partidas en el Pliego de Gobierno y Policía, hasta por la suma de S/. 3'600,000.00.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.
POR CUANTO:
El Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO UNICO. — Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar las siguientes transferencias de partidas en el Pliego de Gobierno y Policía, Sub-Pliego II -—Orden Público y Social, Programa I—Guardia Civil, Asignación N 7, del Prespuesto Funcional del Gobierno Central, en vigencia, hasta por la suma de Tres Millones Seiscientos Mil Soles Oro (S/. 3'600,000.00):
De la Partida N 1.1.1.
De la Partida N 1.2.4.
De la Partida N 1.3.4. ..
A la Partida N9 1.3.8. .. A la Partida N 1.4.0. .. A la Partida N 4.6.0.
TOTALES
s/. rooo,ooo.oo
500,000.00
„ 2'100,000.00
S/. 100,000.00
„ 1 '500,000.00
„ 2'000,000.00
S/. 3'600,000.00 S/. 3'600,00.00
Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los tres días del mes de Noviembre de mil novecientos sesenta y cinco.
DAVID AGUILAR CORNEJO, Presidente del Senado.
ENRIQUE RIVERO VELEZ, Presidente de la Cámara de Diputados.
MANUEL BURGA PUELLES, Senador Secretario.
NICEFORO ESPINOZA LLANOS, Diputado Secretario.
Al señor Presidente Constitucional de la República.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho días del mes de Noviembre de mil novecientos sesenta y cinco.
FERNANDO BELAUNDE TERRYSandro Mariátegui Chiappe.(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.