Ley Nº 15672

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 15672

LEY N 15672

Ampliando en S/. 300,000.00 la Partida respectiva, a fin de subvencionar a la Asociación Peruana de Ingenieros Agrónomos, en su III Congreso.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente.

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO 1°— Autorízase al Poder Ejecutivo para ampliar en Trescientos Mil Soles Oro (S/. 300,000. 00) la Partida 4.2.7.— Otras transferencias— de la Sub-Partida genérica 4.2.0.— Transferencias corrientes al Sector Privado-—, de la Partida genérica 4.0.0. —Gastos de Transferencias—, del Programa I —Dirección y Administración Superior— Asignación N 1, del Pliego de Agricultura del Presupuesto Funcional del Gobierno Central para 1965, a fin de aumentar con dicha suma la subvención a la Asociación Peruana de Ingenieros Agrónomos, para que atienda a los gastos que demande el Tercer Congreso de Ingenieros Agrónomos, que deberá celebrarse en la ciudad de Lima durante los días 21 al 25 de setiembre de 1965.

ARTICULO 2— La ampliación a que se refiere el artículo 1 de esta ley se hará con cargo a las economías que se autoriza a efectuar en el Pliego de Agricultura del Presupuesto Funcional del Gobierno Central para 1965.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los dieciocho días del mes de Setiembre de mil novecientos sesenta y cinco.

DAVID AGUILAR CORNEJO, Presidente del Senado.

ENRIQUE RIVERO VELEZ, Presidente de la Cámara de Diputados.

MANUEL BURGA PUELLES, Senador Secretario.

NICEFORO ESPINOZA LLANOS, Diputado Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de Octubre de mil novecientos sesenta y cinco.

FERNANDO BELAUNDE TERRY

Sandro Mariátegui Chiappe.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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