Ley Nº 15639

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Número: 15639


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 15639

LEY N 15639

Autorizando a la Corporación Peruana del Santa, venda a la Compañía de Bomberos Salvadora de Chimbóte N° 8, un terreno de 2,003 m2., para la construcción de local*

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA*

Ha dado la ley siguiente: ,\rTICULO 1* — Autorízase a la

Corporación Peruana del Santa a vender, sin el trámite de subasta pública, a la Compañía de Bomberos Salvadora de Chimbóte N 8, para que ésta construya su local, un terreno ubicado en la manzana 47, con frente al Jirón Guillermo More y los linderos siguientes: Por el frente, el citado jirón More, con 26.60 metros lineales contados a partir de 38 metros desde la esquina formada con el Jirón Alfonso Ugarte; entrando por la derecha, en ángulo de noventa grados (90) con el frente, 50 metros lineales; entrando por la izquierda con bienes de la Cooperativa de Obreros de la Corporación Peruana del Santa, 12.60 metros lineales, volteando luego hacia la izquierda, siempre colindando con los bienes de la citada Cooperativa, 18 metros lineales, para luego volver a doblar hacia la derecha, por donde colinda con el Club Deportivo Obrero de la Corporación Peruana del Santa y la Asociación de Periodistas, 37.40 metros lineales; y por el fondo, 44.60 metros lineales, colindando con el Colegio Nacional de Mujeres "La Inmaculada".

Los linderos mencionados encierran una superficie de 2,003 metros cuadrados, que se verificará y replanteará en el momento de materializar la operación.

ARTICULO 2 — El precio de venta será el mismo que se fijó cuando ese terreno fué adjudicado por el

Estado a la Corporación Peruana del Santa.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los veintisiete días del mes de Setiembre de mil novecientos sesenticinco.

DAVID AGUILAR CORNEJO, Presidente del Senado.

ENRIQUE RIVERO VELEZ, Presidente de la Cámara de Diputados.

MANUEL BURGA PUELLES, Senador Secretario.

NICEFORO ESPINOZA LLANOS, Diputado Secretario.

AI señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los un días del mes de Octubre de mil novecientos sesenta y cinco.

FERNANDO BELAUNDE TERRY

Sandro Marlátegul Chiappe.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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