Ley Nº 15598

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 15598

LEY N 15598

Creando un Colegio Nacional Mixto de Educación Secundaria Común, en la capital del Distrito de Desaguadero, Prov. Chucuito

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO 1— Créase un Colegio Nacional Mixto de Educación Secundaria Común, en la capital del distrito de Desaguadero, provincia de Chucuito, del Departamento de Puno.

ARTICULO 2— Consígnese en el Presupuesto Funcional del Gobierno Central, las partidas necesarias para la instalación y funcionamiento del plantel que se crea.

ARTICULO 3— El Ministerio de Educación Pública queda encargado del cumplimiento de la presente ley.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los dieciocho días del mes de Junio de mil novecientos sesenta y cinco.

RAMIRO PRIALE, Presidente del Senado.

VICTOR FREUNDT ROSELL, Presidente de la Cámara de Diputados.

LEONIDAS CRUZADO QUIROZ,

Senador Secretario.

WASHINGTON ZUÑIGA TRE-LLES, Diputado Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres días del mes de Setiembre de mil novecientos se-senticinco.

FERNANDO BELAUNDE TERRY

Carlos Cueto Femandini.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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