Ley Nº 15597

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 15597

LEY N 15597

Creando un Colegio Nacional de Educación Secundaria para Mujeres» en la ciudad de Santiago de Chuco, denominado “Libertad”

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO 1— Créase un Colegio Nacional de Educación Secundaria para Mujeres, en la ciudad de Santiago de Chuco, comprensión del Departamento de La Libertad, que se denominará “Libertad".

ARTICULO 29— El Plantel a que se contrae el artículo anterior funcionará con ciclo completo, tendrá secciones diurnas y vespertinas, a-demás de un centro artesanal.

ARTICULO 3— El Colegio Nacional de Mujeres “Libertad" incorporará las secciones femeninas del Colegio Nacional “César Vallejo", continuando este plantel sus labores para varones,

ARTICULO 4— El Ministerio de Educación Pública dará prioridad, dentro del Plan Nacional de Cons trucciones Escolares, a la edificación del local escolar para el Colegio que se establece por esta ley.

ARTICULO 59— Consígnese en el

Presupuesto Funcional del Gobierno Central, las partidas necesarias

para la instalación y funcionamiento del plantel que se crea.

ARTICULO 69—El Ministerio de Educación Pública queda encargado del cumplimiento de la presente ley.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los dieciocho días del mes de Junio de mil novecientos sesenta y cinco.

RAMIRO PRIALE, Presidente del Senado.

VICTOR FREUNDT ROSELL, Presidente de la Cámara de Diputa-

LEONIDAS CRUZADO QUIROZ, Senador Secretario.

WASHINGTON ZUÑIGA TRE-LLES, Diputado Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno; en Lima, a los tres días del mes de Setiembre de mil novecientos se-senticinco.

FERNANDO RELAUNDE TERRY

Carlos Cueto Femandini.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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