Tipo de Norma: Ley
Número: 15582
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15582LEY N 15582
Prorrogando hasta el 31 de diciembre de 1965, los efectos de los artículos 2, 3° y 4 de la Ley N 14010
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.
POR CUANTO:
El Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO 1-—Prorróguense hasta el 31 de diciembre de 1965, los efectos de los artículos 2, 3 y 4 de la Ley N 14010 de 9 de febrero de 1962.
ARTICULO 2o-—El producto de la venta de los sellos postales a que se refiere la Ley N 14010, y que se prorroga por la presente, se destinará en un 70% a los gastos que demande la realización del VII Congreso Eucarístico Nacional de la ciudad de Huancayo, y el 30% restante, a la terminación de las obras del Templo de la Inmaculada de los Padres Franciscanos de la capital de Junín.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los veintiocho días del mes de Abril de mil novecientos sesenta y cinco.
RAMIRO PRIALE, Presidente del Senado.
VICTOR FREUNDT ROSELL, Presidente de la Cámara de Diputados.
TEODORO BALAREZO LIZARZA-BURU, Senador Secretario.
WASHINGTON ZUÑIGA TRE-LLES, Diputado Secretario.
Al señor Presidente Constitucional de la República.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiún días del mes de Mayo de mil novecientos sesenta v cinco.
FERNANDO BELAUNDE TERRY
Miguel Rotalde de Romaña Carlos Fernández Sessarego.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.