Ley Nº 15550

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 15550

LEY N 15550

Estableciendo en la ciudad de Ca-j amarca, un Colegio Militar que se denominará “General Miguel Iglesias”.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.

ARTICULO 4° — Consígnese en el Presupuesto Funcional del Gobierno Central las partidas necesarias para la expropiación a que se refiere el artículo anterior, así como para la construcción del local del Colegio Militar “General Miguel Iglesias’Y y su funcionamiento.

ARTICULO 5 — El Ministerio de

Educación Pública queda encargado del cumplimiento de la presente ley.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los tres días del mes de Mayo de mil novecientos sesenta v cinco.

RAMIRO PRIALE, Presidente del Ha dado la ley siguiente: Senado.

ARTICULO 1- — Establézcase en la ciudad de Cajamarca, capital del departamento del mismo nombre, un Colegio Militar que se denominará “General Miguel Iglesias".

ARTICULO 2 — El Centro de Enseñanza a que se refiere el artículo anterior, tendrá la misma organización y funcionamiento que el Colegio Militar Leoncio Prado de Lima.

ARTICULO 3 — Declárase de necesidad y utilidad públicas, la expropiación de diez hectáreas de terreno del fundo “Tartar de los Baños" de propiedad de la Beneficencia Pública de Cajamarca, que se empleará en la construcción del local del Colegio Militar que se crea por esta ley.

VICTOR FREUNDT ROSELL, Presidente de la Cámara de Diputados.

TEODORO BALAREZO LIZARZA-BURU, Senador Secretario.

WASHINGTON ZUÑIGA TRE-LLES, Diputado Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de Mayo de mil novecientos sesenta y cinco.

FERNANDO BELAUNDE TERRY

Ernesto Montagne Sánchez.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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