Ley Nº 15526

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 15526

LEY N- 15526

Creando un Instituto Agropecuario que se denominará “Apuccará” en

el Distrito de Aucará.

RAMIRO PRIALE, Presidente del Congreso.

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente :

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.

Ha dado, la ley siguiente:

ARTICULO 1 — Créase un Instituto Agropecuario, que se denominará Apuccará, en el Distrito de Aucará, de la Provincia de Lucanas,

del Departamento de Ayacucho, el que impartirá educación técnica en las especialidades del campo.

ARTICULO 2 — Declárase de necesidad y utilidad públicas la expropiación del fundo Huaccrasi, ubicado en el mismo Distrito afectándose dicho fundo al Instituto que se crea para que sirva a sus fines educacionales y al mejoramiento del plantel.

ARTICULO 3- — El Ministerio de Educación Pública procederá a la construcción de un local propio en el fundo Huaccrasi destinado al Instituto mencionado.

ARTICULO 4° — Consígnese en el Presupuesto Funcional del Gobierno Central las partidas necesarias para la instalación y funcionamiento del plantel y el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos precedentes .

ARTICULO 5° — El Ministerio de Educación Pública queda encargado del cumplimiento de la presente ley.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los diez días del mes de Marzo de mil novecientos sesenta y cinco.

RAMIRO PRIALE, Presidente del Senado.

VICTOR FREUNDT ROSELL, Presidente de la Cámara de Diputados.

TEODORO BALAREZO LIZARZA-BURU, Senador Secretario.

WASHINGTON ZUÑIGA TRE-LLES, Diputado Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

No habiendo sido promulgada oportunamente por el Poder Ejecutivo, en observancia de lo dispuesto en el artículo 129- de la Constitución, mando se publique y se comunique al Ministerio de Educación Pública, para su cumplimiento.

Casa del Congreso, en Lima, a los doce días del mes de Abril de mil novecientos sesenta y cinco.

RAMIRO PRIALE, Presidente del Congreso.

TEODORO BALAREZO LIZARZA-BURU, Senador Secretario del Congreso .

WASHINGTON ZUÑIGA TRE-LLES, Diputado Secretario del Congreso .

Lima, 23 de Abril de 1965.

Cúmplase, comuniqúese, regístrese, publíquese y archívese.

Ernesto Montagne Sánchez.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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