Tipo de Norma: Ley
Número: 15512
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15512LEY N 15512
Transfiriendo al Pliego de Educación Pública la suma de S¡. 5'000, 000.00, para las Facultades de Agronomía y Zootecnia de la Universidad Nacional del Centro.
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EL PRESIDENTE DE LA REPU
BLICA.
POR CUANTO:
El Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO UNICO.— Transfiérase del Pliego del Ministerio de Agricultura del Presupuesto Funcional de la República para 1965, Programa I, Dirección y Administración Superior Asignación 1, Partida 4.3.0, "Transferencias de Capital a otras entidades del Sector Público", Servicio de Investigación y Promoción Agraria (SIPA), la suma de Cinco Millones de soles oro (S|. 5'000,000. 00) al Pliego de Educación Pública, "Transferencias al Sector Público" para las Facultades de Agronomía y Zootecnia de la Universidad Nacional del Centro, a fin de atender los gastos que demanden los trabajos académicos, de investigación, extensión, fomento agropecuario y equipamiento de dichas Facultades.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los veintidós días del mes de Abril de mil novecientos sesenta y cinco.
RAMIRO PRIALE, Presidente del Senado.
VICTOR FREUNDT ROSELL, Presidente de la Cámara de Diputados.
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LEONIDAS CRUZADO QUIROZ, Senador Secretario.
WASHINGTON ZUÑIGA TRE-LLES, Diputado Secretario.
Al señor Presidente Constitucional de la F.epública.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de Abril de mil novecientos sesenta y cinco.
FERNANDO BELAUNDE TERRYCarlos Morales Machiavello.(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.