Ley Nº 15505

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Número: 15505


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 15505

LEY N 15505

Declarando Día Feriado en el Departamento de lea, el 19 de Marzo

de cada año.

RAMIRO PRIALE, Presidente del Congreso.

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO 1—Declárase día feriado en el Departamento de lea, el 19 de marzo de cada año, como expresión de estímulo a su creciente proceso industrial vitivinícola.

ARTICULO 2—Durante los días comprendidos entre el 18 y 22 del mes de marzo del presente año, inclusive, quedan liberados de los impuestos respectivos, todos los espectáculos públicos que se realicen en la ciudad de lea y cuya recaudación corre a cargo de la Caja de Depósitos y Consignaciones.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los diecisiete días del mes de marzo de mil novecientos sesenta y cinco.

RAMIRO PRIALE, Presidente del Senado.

VICTOR FREUNDT ROSELL, Presidente de la Cámara de Diputados.

TEODORO BALAREZO LIZARZA-BURU, Senador Secretario.

WASHINGTON ZUÑIGA TRE-LLES, Diputado Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

No habiendo sido promulgada oportunamente por el Poder Ejecutivo, en observancia de lo dispuesto en el artículo 129 de la Constitución, mando se publique y se comunique al Ministerio de Gobierno y Policía, para su cumplimiento.

Casa del Congreso, en Lima, a los doce días del mes de Abril de mil novecientos sesenta y cinco.

RAMIRO PRIALE, Presidente del Congreso.

TEODORO BALAREZO LIZARZA-BURU, Senador Secretario del Congreso.

WASHINGTON ZUÑIGA TRE-LLES, Diputado Secretario del Congreso.

Lima, 20 de Abril de 1965.

Cúmplase, comuniqúese, regístrese, publíquese y archívese.

Miguel Rotalde de Romaña.

(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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