Ley Nº 15504

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Tipo de Norma: Ley

Número: 15504


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 15504

LEY N 15504

Transfiriendo al 30 de Marzo de 1968, la celebración del Primer Centenario Político de la Provincia de

La Mar

RAMIRO PRIALE, Presidente del Congreso.

POR CUANTO:

xey si-

El Congreso ha dado la guíente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO 1—'Transfiérese al treinta de Marzo de 1968, la fecha señalada para la celebración del Primer Centenario Político de la Provincia de La Mar, del Departamento de Ayacucho.

ARTICULO 2°—Consígnese en el Presupuesto Funcional del Gobierno Central para los años 1964, 1965, 1966, 1967 y 1968, inclusive, una

partida anual de un millón de soles oro (S/o. 1’000,000.00) para la ejecución de las obras a que se refiere el artículo tercero de esta ley.

ARTICULO 3o—Encárgase al Comité Pro-Centenario de la Creación Política de la Provincia de La Mar, la ejecución de las obras que se enumeran a continuación: a).—Terminación del Albergue Municipal de la ciudad de San Miguel; b)—Ampliación del Servicio de Agua Potable e instalación de desagüe en las ciudades de Tambo y San Miguel; c)—Instalación de plantas eléctri-



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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