Ley Nº 15502

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Número: 15502


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 15502

LEY N- 15502

Transferencia de Partidas en el Pliego de Justicia y Culto, hasta por

S/o. 1'432,000.00.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO UNICO.— Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar las siguientes transferencias de partidas en el Pliego de Justicia y Culto, Programá VII - Administración de Establecimientos Penales, del Presupuesto Funcional del Gobierno Central para 1964, hasta por la suma de un millón cuatrocientos treintidós mil soles oro (S/o. 1'432,000.00):

Programa VII.

De la Partida N 3.1.0, Sub-Progra-ma 3, Asignación N 12......

A la Partida N 1.1.3, Sub-Programa 1, Asignación N 10 .. ....

A la Parida N° 2.4.3, Sub-Programa 1, Asignación N 10........

A la Partida N 2.4.0., Sub-Programa 1, Asignación N 10........

A la Partida N 4.8.6, Sub-Programa 1, Asignación N 10........

S/o. 1'432,000.00

S/o. 162,000.00 „ 50,000.00

„ 200,000.00

120,000.00



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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