Tipo de Norma: Ley
Número: 15482
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15482POR CUANTO:
LEY N 15482
Transferencias de Partidas en el Pliego de Hacienda y Comercio hasta por S/o. 1'475,705.40.EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.
El Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO UNICO.— Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar las siguientes transferencias de partidas en el Pliego de Hacienda y Comercio, del Presupuesto Funcional del Gobierno Central, en vigencia, hasta por la suma de Un Millón Cuatrocientos Setenticinco Mil Setecientos Cinco soles oro y cuarenta centavos (S/o. 1'475,705.40):
Sub-PIiego I. Dirección y Administración General. Programa VIII. Tesoro Público.
De la Partida N
1.1.1,
1.2.3, 1.2.9,
4.2.4,
S/o. 346,968.00
38,749.80 „ 81,546.00
„ 10,200.00
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Sub-PIiego V. Recaudación.Programa I. Caja de Depósitos y Consignaciones, Departamento de Recaudación.
Sub-Programa 6. Producción y venta de tabaco.
Asignación 22.De la Partida N
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1.1.1,
1.2.2,
1.2.3,
1.2.4, 1.2.9, 2.1.2,
4.2.4,
S/o. 706,560.00
12,000.00
„ 113,397.60
21,096.00 „ 127,188.00
„ 2,400.00
„ 15,600.00
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.