Ley Nº 15398

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 15398

LEY N 15398

Convirtiendo en Colegio Nacional Mixto, el Colegio Comunal “San

Juan Bautista", del Distrito de

Sumbilca.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO 1°— Conviértese en Colegio Nacional Mixto el Colegio Comunal "San Juan Bautista" que funciona en el Distrito de Sumbilca, de la Provincia de Canta del Departamento de Lima.

ARTICULO 2—El Colegio Nacional Mixto San Juan Bautista impartirá Educación Secundaria Común, e iniciará sus labores con el

ciclo básico v se le anexarán ade-

%/

más Secciones de Artesanía, de conformidad con las necesidades de la

resión.

ARTICULO 3—El Ministerio de Educación Pública, en el termino de un año, a partir de la promulgación de la presente ley, dotará de un local propio y adecuado al Colegio Nacional Mixto San Juan Bautista.

ARTICULO 4—Consígnese en el Presupuesto Funcional del Gobierno Central las partidas necesarias para la instalación y funcionamiento del plantel mencionado, así como para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo tercero de esta ley.

ARTICULO 5—El Ministerio de Educación Pública queda encargado del cumplimiento de la presente ley.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los veintiocho días del mes de Enero de mil novecientos sesenta y cinco.

RAMIRO PRIALE, Presidente del Senado.

VICTOR FREUNDT ROSELL, Presidente de la Cámara de Diputados.

TEODORO BALAREZO LIZARZA-BURU, Senador Secretario.

RICARDO CAVERO EGUSQUI-ZA, Diputado Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de Enero de mil novecientos sesenta y cinco.

FERNANDO BELAUNDE TERRY

Ernesto Montagne Sánchez.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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