Tipo de Norma: Ley
Número: 1529
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01529LEY X-° 1529
Distritos de
Xahuimpuquio y Acostamho
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:
El Congreso de la República Peruana. Ha dado la ley siguiente:
_ Artículo l.°—Divídase el distrito de Xahuimpuquio, de la provincia de Taya-caía en dos aue se denominarán de Xa-
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.