Tipo de Norma: Ley
Número: 15235
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15235LEY N 15235
Declarando de necesidad y utilidad públicas la expropiación de un terreno de 8,000 m2., para la construcción de un Mercado en la ciudad
de Tarapoto.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
E'l Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO 1 — Declárase de necesidad y utilidad pública la expropiación de ocho mil metros cuadrados (8,000.00 m2.), de terreno ubicado en el centro de la ciudad de Tarapoto, capital de la Provincia de San Martín, entre las manzanas formadas por los jirones Jiménez Pi-mentel, al Norte; Cabo Alberto Le-veau, al Este; Antonio Raymondi, al Sur; y, Juan Vargas Guerra, al Oeste, a fin de que se construya en ese terreno un Mercado.
ARTICULO 2—Los egresos que demande la aplicación de esta ley
serán cubiertos con los recursos destinados por el Fondo Nacional de Desarrollo Económico para el Departamento de San Martín, a partir del año 1965.
ARTICULO 3—El Ministerio de Fomento y Obras Públicas queda encargado del cumplimiento de la presente lev.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los veinte días del mes de Noviembre de mil novecientos sesenticuatro.
RAMIRO PRIALE, Presidente del Senado.
VICTOR FREUNDT ROSELL, Presidente de la Cámara de Diputados.
TEODORO BALAREZO LIZAR-ZABURU, Senador Secretario.
RICARDO CAVERO EGUSQUI-ZA, Diputado Secretario.
Al señor Presidente Constitucional de la República.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de Noviembre de mil novecientos sesenticuatro.
FERNANDO BELAUNDE TERRY
Gastón Acurio Velarde.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.