Ley Nº 15208

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 15208

LEY N 15208

Estableciendo un Colegio Nacional Mixto de Educación Secundaría, en la ciudad de Yanaoca y que se denominará “José Gabriel Condorcan-

qui”.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

POR CUANTO;

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO 1-.—Establézcase un Colegio Nacional Mixto de Educación Secundaria en la ciudad de Yanaoca, capital de la Provincia de Canas, del Departamento del Cuzco, que se denominará “José Gabriel Condorcanqui”.

ARTICULO 2.—El Colegio Nacional Mixto que se crea impartirá educación secundaria común y tendrá secciones de artesanía.

ARTICULO 3.—El Ministerio de Educación Pública, en el término de un año, a partir de la promulgación de la presente ley, dotará de un local propio y adecuado al Colegio Nacional Mixto de Educación Secundaria Común “José Gabriel Condorcan-

* tf

qui .

ARTICULO 4°.—Consígnese en el Presupuesto Funcional del Gobierno Central para el año 1965, las partidas necesarias para el establecimiento del plantel escolar mencionado; así como la correspondiente al cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior.

ARTICULO 5.—El Ministerio de Educación Pública queda encargado del cumplimiento de la presente ley.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los once días del mes de Noviembre de mil novecientos sesenta y cuatro.

RAMIRO PRIALE, Presidente del Senado.

VICTOR FREUNDT ROSELL, Presidente de la Cámara de Diputados.

TEODORO BALAREZO LIZAR-ZABURU, Senador Secretario.

RICARDO CAVERO EGUSQUIZA, Diputado Secretario.

El señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de Noviembre de mil novecientos sesenti-cuatro.

FERNANDO BELAUNDE TERRY

Ernesto Montagne Sánchez.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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