Ley Nº 15209

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Número: 15209


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 15209

LEY N 15209

Transferencias de Partidas en el Pliego de Gobierno y Policía hasta por

S/o. 1'144,080.00

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO UNICO.—Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar las siguientes transferencias de partidas en el Capítulo III, Sanidad de Gobierno y Policía — Programa I — Sanidad de Gobierno y Policía, del Pliego de Gobierno y Policía, del Presupuesto Funcional del Gobierno Central de 1963, prorrogado, hasta por la suma de un millón ciento cua-renticuatro mil ochenta soles oro (S/o, 1'144,080.00):

De la Partida N 10, Bonificación por

Tiempo de Servicios, Capítulo III Programa I..................

De la Partida N 17, Bonificación por Costo de Vida, del mismo Capítulo y Programa.................

De la Partida N 48, Subsidios Familiares, del mismo Capítulo y Programa .....................

De la Partida N 44, Pensiones de Cesantía y Jubilación, del mismo Capítulo y Programa .........

A la Partida N 11, Bonificación por Especialización, Capítulo III, Programa I..................

A la Partida N 14, Bonificación por Zona, del mismo Capítulo y Programa .....................

A la Partida N 23, Gratificación por Reenganche, del mismo Capítulo y Programa..................

S/o. 260,000.00

„ 222,080.00

„ 482,000.00

„ 180,000.00

*

S/o. 80,000.00

„ 804,080.00

„ 260,000.00

TOTALES

S/o. 1T44,080.00 S/o. 1'144,080.00



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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