Ley Nº 15198

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 15198

LEY N- 15198

Creando el Distrito de La Matanza, en la Provincia de Morropón.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO 1—Créase el Distrito La Matanza, en la Provincia de Morropón, del Departamento de Piura, cuya capital será el pueblo de su mismo nombre.

ARTICULO 2—El Distrito que se crea, estará integrado por las localidades de Pabur Viejo, Pabur Nuevo, Las Lainas, Silva, Cruz Verde, Tierras Duras, El Chorro, Neme-cio, Tongor, Hispón, Ternique, Coicas, Tortolitas y Virrey, así como por todos los centros poblados que se encuentren dentro de estas localidades.

ARTICULO 3—Los límites de este nuevo Distrito serán los mismos que tienen actualmente el pueblo y las localidades que lo constituyen.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los cinco días del mes de Noviembre de mil novecientos sesenta y cuatro.

RAMIRO PRIALE, Presidente del Senado.

VICTOR FREUNDT ROSELL, Presidente de la Cámara de Diputados.

TEODORO BALAREZO LIZAR-ZABURU, Senador Secretario.

WASHINGTON ZUÑIGA TRE-LLES, Diputado Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco días del mes de noviembre de mil novecientos sesenta y cuatro.

FERNANDO BELAUNDE TERRY

Miguel Rotalde de Romaña.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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