Tipo de Norma: Ley
Número: 15196
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15196LEY N- 15196
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO 1- — Autorízase al Poder Ejecutivo para empozar en la Caja de Depósitos y Consignaciones en Cuenta Especial, el importe de las siguientes partidas del Presupuesto Funcional de la República vigente, que no tuvieran aplicación durante el Ejercicio Presupuesta! de 1964:
Autorizando al Ejecutivo empoce en la Caja de Depósitos y Consignaciones el importe de las partidas que no tuvieran aplicación durante
1964.
VICTOR FREUNDT ROSELL, Presidente del Congreso.
POR CUANTO:
El Congreso ha dado la ley siguiente:
Pliego N 15.—Fomento y Obras Públicas
Sub-Pliego VI. — Dirección de Fomento y Obras Públicas. Programa II.— Fomento. Urbano.
Sub-Programa 3. Cooperación al Desarrollo Local, Asignación N° 26
Partida 4.9.0.—Transferencias de capital al Sector Público a la Junta Provincial Centenario de Contumazá; para la prosecución del Cine-Teatro de Contumazá........ S/o. 175,000.00.
Sub-Pliego VII.— Dirección de Industrias y Electricidad.
Programa IV.— Sistemas Eléctricos.
Sub-Programa 3.— Construcción de Servicios Eléctricos. Asignación N 46.
6.—Presupuesto de Proyectos.
Para la ampliación de la Hidroeléctrica de Corlas, para Contumazá S/o. 673,000.00
Sub-Pliego VIII.— Dirección de Irrigación.
Programa IV.— Obras.
Asignación N 51.
6.—Presupuesto de Proyectos.
Para la construcción de un Reservorio en la Pampa de Cascabamba, Provincia de Contumazá, Departamento de Cajamarca, S/. 467,583.82.
Sub-Pliego XI.— Iniciativas Parlamentarias.
Asignación N° 67.
Anexo 11.— Fomento y Obras Públicas.
Irrigación.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.