Tipo de Norma: Ley
Número: 15174
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15174LEY N 15174
Declarando de utilidad y necesidadnacional, la terminación de la carretera de Jauja a Monobamba.
RAMIRO PRIALE, Presidente del Congreso.
POR CUANTO:
El Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO 1—Declárase de utilidad y necesidad nacional la terminación de la carretera de Jauja a Monobamba, por la ruta de Ricrán, sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley N 13977.
ARTICULO 2—Inclúyase la construcción de la mencionada carretera dentro del Plan Vial Nacional, dedicándose para su realización los fondos provenientes de la Ley N 12990.
ARTICULO 3—Consígnese anualmente las partidas necesarias para el objeto señalado en esta Ley, hasta la conclusión de la mencionada carretera.
ARTICULO 4—Derogúese la Ley N- 14653 y todas aquellas disposiciones que se opongan a la presente.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los
cinco días del mes de junio de mil novecientos sesenta y cuatro.
JULIO DE LA PIEDRA, Presidente del Senado.
FERNANDO LEON DE VIVERO, Presidente de la Cámara de Diputados.
CARLOS MALPICA RIVAROLA, Senador Secretario.
JUAN JOSE NUÑEZ SARDA, Diputado Secretario.
Al señor Presidente Constitucional de la República.
POR TANTO:
No habiendo sido promulgada oportunamente por el Poder Ejecutivo, en observancia de lo dispuesto en el artículo 129 de la Constitución, mando se publique y se comunique ,al Ministerio de Fomento y Obras Públicas, para su cumplimiento.
Casa del Congreso, en Lima, a los nueve días del mes de Octubre de mil novecientos sesenta y cuatro.
RAMIRO PRIALE, Presidente del Congreso.
TEODORO BALAREZO LIZAR-ZABURU, Senador Secretario del Congreso.
WASHINGTON ZUÑIGA TRE-
LLES, Diputado Secretario del Con
greso.
Lima, 15 de Octubre de 1964.
Cúmplase, regístrese, comuniqúese, publíquese y archívese.
Gastón Acurio.(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.