Tipo de Norma: Ley
Número: 15145
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15145LEY N 15145
Creando en la ciudad de Negritos, un Colegio Nacional de Educación Secundaria Mixto, que se denominará “La Brea”.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.
POR CUANTO:
El Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.
fia dado la ley siguiente;ARTICULO Io—Créase en la ciudad de Negritos, capital del Distrito de La Brea, Provincia de Talara, un Colegio Nacional de Educación Secundaria Mixto, que se denominará "La Brea”.
ARTICULO 2°—Consígnese en el Presupuesto General de la República la partida necesaria para su instalación y funcionamiento.
ARTICULO 3—El Ministerio de Educación Pública queda encargado del cumplimiento de la presente ley.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los diecisiete días del mes de setiembre de mil novecientos sesenta y cuatro.
RAMIRO PRIALE, Presidente del Senado.
VICTOR FREUNDT ROSELL, Presidente de la Cámara de Diputados.
TEODORO BALAREZO LIZARZA-BURU, Senador Secretario.
RICARDO CAVERO EGUSQUIZA, Diputado Secretario.
RICARDO CAVERO EGUSQUIZA, Diputado Secretario.
Al señor Presidente Constitucional de la República.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete días del mes de setiembre de mil novecientos sesen-ticuatro.
FERNANDO BELAUNDE TERRY Francisco Miró Quesada Cantuarias.(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.